En su sesión del lunes 26 de enero, el Consejo Nacional de Televisión abordó el término del procedimiento administrativo sancionador por infracción a la Ley 18.838 de la empresa Canal Dos S.A., controladora de la señal Telecanal.
El organismo decidió dejar al canal una semana fuera del aire.
La sanción obedece a la normativa que regula el CNTV y explicita que ninguna concesionaria televisiva puede “facultar a un tercero para que administre en todo o parte de los espacios televisivos que posea”.
El procedimiento se inició porque la estación está retransmitiendo en forma continua el contenido de RT en Español, un canal ruso de noticias con sede en Moscú, filial de Russia Today, la cadena financiada por ese estado.
Según detalla el acta de la sesión del CNTV, Telecanal informó que, de lunes a viernes, transmite 23 horas y 30 minutos al día de programación de los rusos y 22 horas y 29 minutos al día, sábados y domingos.
En la semana se reserva 30 minutos al día y 91 minutos los fines de semana, para cumplir con las exigencias de transmisión de programación cultural.
Esto, estimó el CNTV constituye un reemplazo de señal en la práctica que hace que Telecanal pierda su identidad.
“La conducta desplegada por la concesionaria la agrava más considerando especialmente que el tercero se trata de una empresa extranjera que no puede ser titular de concesión de radiodifusión televisiva de libre recepción”, se advirtió en el proceso sancionador.
La empresa se defendió afirmando que “no ha entregado el control editorial de su programación a un tercero, no ha perdido tal identidad ni, mucho menos ha desaparecido para ser reemplazada por otra señal de televisión”.
En el proceso prestó su testimonio Enrique Ángeles Mendoza, representante legal de la firma mexicana Unimedios, empresa que mantiene el convenio comercial de arrendamiento de espacio televisivo con la concesionaria Canal Dos S.A. y que expuso que para que Telecanal pueda emitir una programación distinta a la enviada por los mexicanos, requiere la autorización expresa de ellos.
En su resolución, el CNTV estimó que “la suspensión de las transmisiones por 7 días corresponde a la sanción administrativa más idónea y eficaz de aplicar en el caso”.
“La infracción administrativa cometida es grave”, puntualizan, explicando que consistió en “el haber cedido de hecho y legalmente en un tercero la administración de los espacios televisivos que posee la concesionaria y el uso del derecho de transmisión”.
En esa línea, sostienen que “la infracción cometida incide de forma sustancial afectando las bases mismas del régimen de concesiones de radiodifusión televisiva de libre recepción”.
En junio de 2025, el CNTV había pedido a Telecanal antecedentes por su vinculación con los rusos. Desde el organismo señalaron entonces que la transmisión de contenidos de un país que se encuentra en guerra “puede abrir legítimos debates sobre el resguardo del pluralismo y la democracia”.
Fuente: La Tercera